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Novedades

Aumento Autónomos, MiPyme, Cuenta Para IFE, Ley De Alquileres, SAS, ATP Aguinaldo
 

El Gobierno pagaría en cuotas parte de los aguinaldos de los estatales de salarios más altos

El Gobierno decidió pagar en tres cuotas el aguinaldo de los trabajadores estatales que cobran salarios superiores a los 80.000 pesos.

La decisión todavía no fue oficializada por la Casa Rosada, pero fue anticipada el viernes pasado por el jefe de Gabinete, Santiago Cafiero, al titular de UPCN, Andrés Rodríguez, y por teléfono al jefe de ATE, Hugo “Cachorro” Godoy. “No tenemos plata”, sintetizó el funcionario.

De todas formas, mañana habrá reunión del gabinete socioeconómico en la Casa de Gobierno y se espera que el ministro de Trabajo, Claudio Moroni, explique los detalles sobre el pago del aguinaldo al sector público.

Según lo anunciado a los dirigentes gremiales, quienes cobren hasta salarios brutos de hasta 80.000 pesos cobrarán el medio aguinaldo de junio en un solo tramo y quienes cobren por encima de esa cifra recibirán 40.000 pesos y el resto en dos cuotas, en julio y agosto.

Se estima que un 65% de los trabajadores estatales percibirá su aguinaldo completo y el resto, fraccionado.

El Senado aprobó un proyecto para suspender la inscripción de las SAS

Suspende por 180 días la constitución e inscripción de Sociedades por Acciones Simplificadas (SAS).
 

El senado aprobó este un proyecto de ley que suspende por seis meses la constitución e inscripción de Sociedades de Acción Simplificada (SAS), una herramienta que se había creado para facilitar la creación de empresas en 24 horas a través de Internet.

El impulsor del proyecto, Oscar Parrilli (Frente de Todos) dijo que “las SAS van a seguir” y que “no va a haber ningún perjuicio para aquellos que las constituyeron”, sino que “lo que se suspende por 180 días es el sistema de control electrónico de constitución de la SAS en la Capital Federal, Buenos Aires y Entre Ríos”, donde la inscripción se podrá hacer “por papel”, mientras que “en el resto de las provincias” el sistema “seguirá como está”.

Esto será así “hasta tanto el Registro de Instituciones de Capital Emprendedor (RICE) se normalice y la IGJ (Inspección General de Justicia) tenga el control de ese registro”, explicó el neuquino.

Al fundamentar la iniciativa, sostuvo que “había un Estado bobo que dejaba que aquellos que querían lavar dinero, cometer delitos o evadir responsabilidades, tuvieran un instrumento legal”.

“aparecieron en el Registro de Propiedad del Inmueble unas 20 sociedades que habían sido constituidas con el único objetivo de adquirir inmuebles, y sin saber de dónde venía la plata, en dos o tres días compraban inmuebles de 8 o 10 millones de dólares, o hasta 500.000 dólares”.

Qué dice la nueva Ley de Alquileres

La norma amplía de dos a tres años los contratos de alquiler y establece que los ajustes deberán ser anuales a partir de un índice combinado entre inflación y evolución salarial, entre otros puntos.

El Senado sancionó la nueva ley de alquileres, que prevé beneficios para nueve millones de inquilinos de todo el país, en una nueva sesión virtual.
La ley establece que la actualización del valor de los alquileres será de manera anual y no semestral, y que el ajuste se realizará según una combinación entre el índice de inflación (IPC) y el de evolución salarial (RIPTE) en partes iguales.

Se amplía el plazo de alquiler

Según la norma aprobada, se amplía de dos a tres años el plazo mínimo de los contratos de alquiler, cualquiera sea su destino; y se regula que el pago del mes anticipado y del depósito de garantía no podrán ser mayores al equivalente a un mes de alquiler.
Además, indica que el reintegro del mes de garantía deberá realizarse en efectivo al momento de la restitución del inmueble, al valor del último mes de alquiler.

Garantías

El inquilino podrá proponer al menos dos alternativas de garantía, entre título de propiedad inmueble, aval bancario, seguro de caución, fianza o una garantía personal, que podría documentarse con recibo de sueldo o certificado de ingresos.
El locador no podrá requerir una garantía que supere el equivalente a cinco veces el valor mensual de la locación, salvo en los casos donde el locatario ofrezca una garantía personal, donde el máximo será de hasta diez veces el valor del alquiler.

Renovación del contrato

En los contratos de inmuebles destinados a vivienda, dentro de los tres últimos meses, cualquiera de las partes podrá convocar a la otra para acordar la renovación del contrato, en un plazo no mayor a 15 días corridos.
Si el locador permanece en silencio o se niega a llegar a un acuerdo, el inquilino podrá resolver el contrato de manera anticipada sin pagar indemnización.

Si el destino del inmueble es habitacional, previo a una demanda de desalojo por falta de pago, el dueño deberá intimar al inquilino otorgando un plazo no menor a diez días corridos para el cumplimiento de la deuda, contados a partir de la recepción de la intimación.

Expensas

En lo que refiere a las expensas, el propietario se hará cargo de las extraordinarias, mientras que el locatario deberá cumplir con aquellas que deriven de gastos habituales, es decir, vinculados a los servicios normales y permanentes a su disposición.

Declarar los contratos en AFIP

La ley también establece la obligatoriedad de declarar los contratos de locación ante la AFIP.

Intermediación por profesional matriculado

En cuanto a la intermediación, indica que ésta solo podrá estar a cargo de un corredor profesional matriculado. Si solo interviene un corredor, tanto el locador como el locatario deberán pagar los honorarios, “excepto pacto en contrario o protesta de alguna de las partes”.

Ámbitos de mediación y arbitraje

La norma señala que el Poder Ejecutivo, a través del área competente del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, en formar concertada con las provincias y la Ciudad de Buenos Aires, deberá realizar las acciones necesarias para fomentar el desarrollo de ámbitos de mediación y arbitraje, gratuitos o de bajo costo, aplicando métodos específicos para la resolución de conflictos derivados de la relación locativa.
Programa Nacional de Alquiler Social

Finalmente, se crea un Programa Nacional de Alquiler Social para facilitar el acceso a una vivienda digna en alquiler, con especial consideración por las personas en situación de violencia de género y adultos mayores.

AFIP publicó los nuevos valores de autónomos desde junio 2020

Valores de Autónomos desde Junio 2020
 

Se publicaron en el sitio web de la AFIP los nuevos valores de autónomos desde junio 2020 los cuales fueron actualizados en un 6,12% respecto al período anterior.
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) publicó en su sitio web los nuevos valores de autónomos desde junio 2020.

Recordamos que, desde el año 2017, y debido al índice de movilidad de las jubilaciones, los valores que deben abonar los autónomos se incrementan cuatro veces al año (en marzo, junio, septiembre y diciembre) en el mismo porcentaje que el mencionado aumento de los haberes previsionales.

Para las actualizaciones del año en curso, hay que tener en cuenta que el art. 55 de la ley 27.541 de solidaridad social y reactivación productiva suspende por 180 días la aplicación del índice de movilidad jubilatoria fijada por el artículo 32 de la Ley 24241.

Durante dicho período el Poder Ejecutivo Nacional deberá fijar trimestralmente el incremento de los haberes previsionales correspondientes al régimen general de la Ley 24241, atendiendo prioritariamente a los beneficiarios de más bajos ingresos.

En este sentido, a través del Dec 495/20 se dispuso que todas las prestaciones previsionales a cargo de la ANSES tendrán un incremento equivalente a seis coma doce por ciento (6,12 %) sobre el haber devengado correspondiente al mensual mayo de 2020, a partir del 1 de junio de 2020.

Los nuevos valores de autónomos desde junio 2020 son los que muestran seguidamente y recordamos que son los correspondientes al devengado junio con vencimiento en el mes de julio y estarán vigentes hasta el mes de agosto con vencimiento en septiembre del año entrante.

AFIP comenzó a notificar la información para la renovación automática del Certificado MiPyME


La AFIP comenzó a notificar al domicilio fiscal electrónico de las empresas con cierre de ejercicio en los meses de diciembre, enero y febrero, los datos del formulario 1272.

El beneficio está dirigido a aquellas Mipymes que cuenten con certificado vigente y no hayan presentando un nuevo formulario 1272 en la página de AFIP.

Los datos informados son puestos a disposición para ser revisado y en caso de hallar inconsistencias verificar y rectificar la información con plazo hasta el próximo sábado 20 de junio.

En caso de detectar inconsistencias, la MiPyME deberá rectificar las declaraciones juradas presentadas ante la AFIP, que son las siguientes:

Ventas: declaraciones juradas de IVA de los últimos 3 ejercicios fiscales cerrados, descontando el 75% de las exportaciones. El campo del formulario 1272 «Total de ventas anuales (incluido el 25% de las exportaciones y neto de impuestos internos e IVA)» es el que se utiliza para realizar la categorización, por lo que se recomienda verificar especialmente que este campo sea correcto.

Empleo: formulario 931 de los últimos 3 ejercicios fiscales cerrados

Activo: última declaración jurada de ganancias

Relaciones societarias y accionistas: último formulario 657 y última declaración jurada de ganancias

Datos de contacto: sistema registral
 

Actividades: sistema registral. La actividad principal debe ser aquella que represente el mayor ingreso de la empresa y no podrá haber estado dada de alta en ninguna de las actividades excluidas durante los últimos tres ejercicios fiscales cerrados.
 

El primer día hábil posterior al período de revisión la AFIP trasmitirá la información a la Secretaría de la Pequeña y Mediana Empresa y de los Emprendedores de las mipymes que tengan las declaraciones juradas mencionadas presentadas.
 

En el comunicado enviado por AFIP se informa que ya se encuentra a disposición la información actualizada del Formulario 1272 – ‘PYMES/Solicitud de categorización y/o beneficios’, para poder verificarla con plazo hasta el día 20 del corriente mes.

En caso de detectar inconsistencias, se podrán corregir presentando las declaraciones juradas rectificativas del impuesto al valor agregado y subsistemas de la seguridad social (F.931) que correspondan.

«Una vez finalizado el plazo mencionado, transmitiremos la información a la Secretaría de Emprendedores y de la Pequeña y Mediana Empresa para su análisis, y realización del trámite de renovación automática del ‘Certificado MiPyME’.», agrega el comunicado.

Asimismo, se advierte que con la presentación del Formulario se autoriza a la Secretaría mencionada a compartir la información del Registro de Empresas MiPyMES, bajo los términos establecidos en el artículo 13 de la Resolución SECPYME N° 220/19. En caso de optar por que la información no sea compartida, se deberá ingresar en el Formulario 1272 y manifestarlo de forma expresa.

Por último, en lo referido a la solicitud del beneficio de ingreso diferido del saldo resultante de la declaración jurada de IVA, se mantendrá la opción elegida en el Formulario vigente anterior. «Para modificar esta selección, deberás ingresar en el Formulario 1272 y tildar la opción deseada.», finaliza el comunicado del Organismo.

Cómo abrir una cuenta en un banco y tener un CBU para cobrar la segunda ronda del IFE

Existen diversas vías para abrir una cuenta bancaria en forma gratuita, con muy pocos pasos.

Existen diversas vías para abrir una cuenta bancaria en forma gratuita, con muy pocos pasos y sin necesidad de ir a una sucursal que pueden usar los beneficiarios de Ingreso Familiar de Emergencia (IFE) que actualmente no cuentan con una Clave Bancaria Uniforme (CBU).

App Banco Nación

El Banco Nación ofrece hacerlo a través de su «App Banco Nación« que, una vez descargada, pedirá los datos personales (nombre, DNI, fecha de nacimiento y correo electrónico) y, terminado ese paso, habilita la apertura de una caja de ahorro con la opción «Solicitudes Online».

Banco Provincia
Dentro de la banca pública también el Banco Provincia, habilitó la apertura de una nueva cuenta a través de la aplicación «Cuenta DNI«, un proceso similar al del Banco de Córdoba por medio de su app «Bacón», ambas disponibles para su descarga a través de Play Store.


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 La AFIP retoma la atención presencial en 54 Agencias

 

Podrán concurrir a las dependencias quienes hubieran solicitado turno a través del sitio web del organismo.

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) retomará este martes la atención presencial en 55 oficinas bajo estrictas medidas de prevención y cuidados.

La AFIP se mantuvo operativa durante la vigencia del aislamiento social, preventivo y obligatorio pero limitó la atención al público en sus agencias alrededor del país para minimizar el riesgo de contagio.

«La evolución de la situación epidemiológica en las distintas jurisdicciones donde se ubican las 55 dependencias del organismo habilita a retomar la atención presencial», dijo la AFIP.

La semana pasada las agencias de las capitales de Salta y Jujuy fueron las primeras en volver a recibir al público.

A partir del próximo martes se sumarán oficinas ubicadas en distintas localidades de Córdoba, Santa Fe, Entre Ríos, Tucumán, Mendoza, Corrientes, Santiago del Estero, San Juan, Chubut, San Luis, Catamarca, La Pampa, Santa Cruz y Tierra del Fuego. También retomarán la atención presencial dependencias que funcionan en el interior de la provincia de Buenos Aires.

Trámites

Los contribuyentes que soliciten turno podrán realizar dos tipos de trámites:

  • Obtención de la clave fiscal

  • Inscripción de la CUIT para empresas.

Para concurrir a dichas dependencias es imprescindible contar con un permiso válido para circular emitido por las respectivas autoridades provinciales.

Las oficinas fueron debidamente acondicionadas para garantizar el cuidado de los contribuyentes y los trabajadores.
El sistema de turnos fue programado para evitar la circulación en los edificios del organismo y facilitar el cumplimiento de las distancias previstas en los protocolos.

Durante toda su visita, los contribuyentes deberán utilizar tapabocas y observar todas las medidas de prevención indicadas.
El sistema de turnos fue programado para evitar la circulación en los edificios del organismo y facilitar el cumplimiento de las distancias previstas en los protocolos.

Dependencia habilitadas

Las dependencias que retoman la atención presencial con turno previo son las siguientes:

BUENOS AIRES:

  • Tandil: San Martin N° 441

  • Coronel Suárez: Belgrano N° 1354

  • Chivilcoy: Av. Sarmiento N° 80

  • San Pedro: Balcarce N° 67/71

  • Tres Arroyos: Pedro N. Carrera N° 118

  • Trenque Lauquen: Roca N° 159

  • Balcarce: Calle 22 José Andrés Chaves N° 698

  • Bragado: Carlos Pellegrini N° 1999

  • Dolores: Castelli N° 101

  • Coronel Pringles: San Martín N° 676

  • Carhué: Carlos Pellegrini N° 1168

CÓRDOBA:

  • Ciudad de Córdoba: Boulevard San Juan 325 Pb y Marcelo T. De Alvear 448 Pb

  • Río Cuarto: San Martín N° 137

  • Marcos Juárez: L.N. Alem N° 370

  • Villa María: Catamarca N° 1202 Esq. José Ingenieros PB

  • San Francisco: J.L. de Cabrera N° 1641 PB

  • Cruz del Eje: Rivadavia Nº 474

  • Bell Ville: Córdoba N° 553/555

  • Villa Dolores: Av. Belgrano 1090

  • Laboulaye: Av. Independencia N° 760

  • La Carlota: Echeverría N° 1055

  • Corral Bustos: Av. Italia N° 747

  • Hernando: 25 de Mayo N° 233/37

SANTA FE:

  • Rosario: Alvear N° 149 y Cochabamba N° 1550

  • Venado Tuerto: Belgrano N° 755

  • Casilda: Av. Ovidio Lagos N° 1598

  • Cañada de Gómez: Ocampo N° 942

MENDOZA:

  • Ciudad de Mendoza: Garibaldi N° 18 y Morón 27

  • San Rafael: Las Heras N° 149

  • San Martín: 25 de Mayo N° 225/29

  • General Alvear: Av. Alvear Este N° 95

TUCUMÁN:

  • San Miguel de Tucumán: 24 de Setiembre N° 918

  • Concepción: San Martín N° 1870

ENTRE RÍOS:

  • Paraná: Av. Fco. Ramirez N° 1771

  • Gualeguay: San Antonio Sur N° 124

SALTA:

  • Ciudad de Salta: Deán Funes 190

CORRIENTES:

  • Ciudad de Corrientes: Av. Italia N° 385

  • Goya: Colón N° 899 Esq. Mariano Loza

  • Paso de los Libres: Los Ciento Ocho N°1130

  • Curuzú Cuatía: Gral. Ramírez N° 741

SANTIAGO DEL ESTERO:

  • Santiago del Estero: 9 de Julio N° 164

SAN JUAN:

  • Ciudad de San Juan: José I. De La Roza -O- N° 20

JUJUY:

  • San Salvador de Jujuy: Senador Pérez 531.

CHUBUT:

  • Esquel: Rivadavia N° 637/49

SAN LUIS:

  • San Luis: Av. Illia N° 599

  • Villa Mercedes: Balcarce N° 317

CATAMARCA:

  • San Fernando del Valle de Catamarca: Av. Güemes N° 551 Pb 1° Y 2° Piso

LA PAMPA:

  • Santa Rosa: Av. España N° 22

  • General Pico: Calle 17 N° 680

SANTA CRUZ:

  • Río Gallegos: Balcarce N° 317

  • Caleta Olivia: Ceferino Namuncurá N° 73

TIERRA DEL FUEGO:

  • Ushuaia: San Martín 1684

  • Río Grande: Espora N° 523

Estamos en contacto,

Equipo Estudio Tepper.