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COVID-19 AFIP, ARBA, Personal Doméstico, Crédito Tasa 0%.

 

La AFIP extiende el plazo para tramitar los Créditos a Tasa Cero e incorpora a los autónomos que aportan a las cajas provinciales

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) extiende hasta el 30 de junio el plazo para que monotributistas y autónomos tramiten los Créditos a Tasa Cero.

Alrededor de 500 mil personas ya iniciaron el procedimiento en el sitio web de la AFIP para acceder a la medida prevista en el Programa de Emergencia de Asistencia al Trabajo y la Producción.

La prolongación de los plazos busca garantizar la efectiva tramitación de aproximadamente 1 millón de créditos que todavía están disponibles para todos los contribuyentes que cumplen con los criterios de elegibilidad.

El monto al que puede acceder cada persona depende de la categoría en la que está inscripta. El máximo previsto es de $150.000. Junto con la extensión de los plazos la AFIP definió ampliar el universo de beneficiarios para incluir a los autónomos que aportan a las cajas provinciales.
 Las condiciones de acceso a los Créditos a Tasa Cero serán las mismas que están vigentes para el resto de los contribuyentes contemplados por la normativa.

¿Cómo tramitar un Crédito a Tasa Cero?

El trámite para acceder a un Crédito a Tasa Cero se inicia en la página web de la AFIP.
Allí los contribuyentes deben indicar el monto pretendido, los datos de su tarjeta de crédito y un correo electrónico.
Es necesario contar con clave fiscal con nivel de seguridad 2 y tener registrado un Domicilio Fiscal Electrónico.

Una vez que toda la información fue ingresada, la AFIP emitirá un Certificado de Tramitación y remitirá los datos al Banco Central para que los distribuya entre los bancos seleccionados por los monotributistas y autónomos.

Luego, las entidades bancarias se contactarán con quienes iniciaron el procedimiento para avanzar en la tramitación del Crédito a Tasa Cero.
Aquellas personas que no cuentan con una tarjeta de crédito deberán indicar en el trámite iniciado en la página web de la AFIP, cuál es el banco con el que operan habitualmente.

Y, de no contar con un banco, el sistema le solicitará que precise cuál es el banco más cercano a su domicilio donde quisiera avanzar con el trámite. 
Los fondos se acreditarán en la tarjeta de crédito indicada en tres desembolso sucesivos e idénticos. Los créditos contarán con un período de gracia de 6 meses.

El repago se realizará, como mínimo, en 12 cuotas fijas sin intereses. Más de 220 mil personas ya accedieron a los fondos correspondientes al primer desembolso.

Administrador de relaciones clave fiscal: se podrá acreditar carácter de apoderado mediante trámite digital

La AFIP aprobó adecuaciones respecto al nivel de seguridad de la clave fiscal y a la forma de acreditar el carácter de apoderados para el administrador de relaciones.

En efecto, a través de la RG 4727, publicada hoy en el Boletín Oficial, se dispuso una serie de medidas que tendrán vigencia temporaria hasta el próximo 30 de junio

Nivel de seguridad 

Se establece que hasta el día 30 de junio de 2020 inclusive, a los contribuyentes y/o responsables que efectúen el blanqueo de la Clave Fiscal por medio de los cajeros automáticos se les asignará el Nivel de Seguridad 3, cuando previamente se les hubiera otorgado un nivel de seguridad inferior.

La AFIP requerirá al contribuyente y/o responsable -con posterioridad a la citada fecha- la presentación de la documentación requerida para el caso, y el registro digital de la fotografía, firma y huella dactilar.

Ambos trámites deberán llevarse a cabo en la dependencia en la que el contribuyente y/o responsable se encuentre inscripto.
De no cumplir con dicho requerimiento, el nivel de seguridad de la Clave Fiscal otorgado bajará al Nivel de Seguridad 2.

Se dispone hasta el día 30 de junio de 2020 inclusive, que las personas humanas que requieran acreditar su carácter de apoderados de personas humanas o representantes legales de personas jurídicas, podrán suministrar la documentación requerida, mediante la utilización del servicio con Clave Fiscal denominado “Presentaciones Digitales”, seleccionando el trámite:

a) “Vinculación de Clave Fiscal para Personas Humanas”, de tratarse de apoderados de personas humanas, o

b) “Vinculación de Clave Fiscal para Personas Jurídicas”, en el caso de representantes legales de personas jurídicas.

La AFIP podrá requerir al contribuyente y/o responsable -con posterioridad a la aludida fecha- la presentación en la dependencia en la que se encuentre inscripto, de la documentación de respaldo correspondiente.

De no cumplir con dicho requerimiento, decaerá la vinculación tramitada.
  Cabe destacar que hasta el momento de la publicación del presente, el trámite no se encuentra habilitado en la web de AFIP.

El BCRA dispuso más restricciones para que las empresas accedan al mercado de cambios

El BCRA dispuso más restricciones para que las empresas accedan al mercado de cambios

El Directorio del Banco Central de la República Argentina (BCRA) dispuso que las empresas que cuenten con activos líquidos originados en la formación de activos externos deberán disponer primeramente de esos recursos para el pago de obligaciones con el exterior.

Además, se extiende a 90 días previos y 90 días posteriores la restricción para realizar operaciones de compra venta de títulos públicos en moneda local con liquidación en divisas para las empresas que requieran acceder al mercado oficial de cambio.

Adicionalmente, el Directorio dispuso nuevas medidas para el acceso de las empresas al Mercado Único y Libre de Cambios (MULC) con el propósito de ordenar el pago de obligaciones por la importación de bienes.

Las empresas deberán solicitar autorización previa al BCRA para acceder al mercado de cambios para el pago de obligaciones comerciales con el exterior si redujeron el monto vigente al 1 de enero de 2020.

El Gobierno se encuentra realizando importantes esfuerzos de asistencia a empresas afectadas por la crisis generada por el COVID 19, a través de diversos instrumentos como el Programa de Asistencia al Trabajo y la Producción (ATP), la línea de crédito MiPyMEs con tasa subsidiada de 24% y la línea de créditos a tasa 0% para monotributistas y autónomos.

El propósito del BCRA es garantizar que estas medidas estimulen el trabajo y producción local y evitar su abuso en la cancelación de obligaciones con el exterior.

Para certificar las obligaciones dispuestas se requerirá la presentación de una Declaración Jurada, la cual será verificada mediante el cruzamiento de las bases de SEPAIMPO (Sistema de Seguimiento de Pagos de Bienes) y RIOC (Régimen Informativo de Operaciones de Cambio), en caso de falsedad se bloqueará el acceso al mercado de cambios y se iniciarán las acciones penales cambiarias correspondientes.

ARBA prórroga por dos meses el plan de pago con beneficios para Pymes bonaerenses


La Agencia de Recaudación de la provincia de Buenos Aires extendió hasta el 31 de julio próximo la vigencia del plan de regularización de deudas destinado a micro, pequeñas y medianas empresas, que vencía el 31 de mayo.

El plan de facilidades, que contempla la quita total de intereses, multas y punitorios, abarca deudas vencidas al 31 de diciembre de 2019 —tanto en estado judicial como prejudicial—, planes de pago caducos y vigentes.

Comprende a los impuestos Inmobiliario, Básico y Complementario; Automotores; Ingresos Brutos y Sellos.

Los beneficios son importantes, a punto tal que en algunos casos la condonación puede alcanzar el 70% del monto total adeudado. El plan permite pagar en un plazo de hasta 10 años —120 cuotas— con un interés fijo, o bien en 3 cuotas sin intereses de financiación.

En el caso de los contribuyentes que posean deuda en instancia judicial, también prevé el levantamiento automático de los embargos con la sola adhesión al programa.
  La suscripción se realiza por internet y los beneficios se encuentran segmentados de manera progresiva por tamaño y tipo de empresa, haciendo una distinción entre las que son micro, pequeñas y medianas.
 Respecto de la medida, en su cuenta de Twitter el director de ARBA, Cristian Girard, explicó: “En el marco de la pandemia de COVID-19, y en virtud de la política de aislamiento preventivo social y obligatorio, decidimos extender la vigencia del plan de pagos para pymes aprobado en el marco de la ley de emergencia sancionada en diciembre por la Legislatura”.

Si bien subrayó que “atravesamos hoy el embate de una pandemia”, Girard hizo hincapié en que fueron “las políticas económicas desplegadas por los gobiernos del PRO y sus aliados las que dejaron miles de pymes quebradas”.
 
En ese sentido, desde su cuenta @cristiangirard, destacó que las empresas que “lograron llegar activas a 2020 lo hicieron en situación crítica, acumulando deudas considerables con el fisco”. El plan de pago de ARBA busca favorecer a esas pymes, de manera que “a medida que se vayan retomando actividades las empresas puedan acceder a los beneficios de la moratoria”.


En el caso de las microempresas, no deben abonar anticipos y el capital puede ser financiado con tasas de entre 1,5% y 2,75%, según el plazo elegido. Las pequeñas, en tanto, tienen que pagar anticipos que van del 5% al 15%, y cuentan con tasas de interés de entre 1,75% y 3%, de acuerdo a la cantidad de cuotas del plan. Por su parte, las medianas deben abonar un anticipo que varía del 5% al 20%, con tasas de interés de entre 2% y 3%.

La clasificación de micro, pequeña y mediana empresa se realiza en función de los parámetros que establece el Ministerio de Desarrollo Productivo de la Nación, que categoriza a las pymes teniendo en cuenta la actividad declarada, los montos de ventas anuales y la cantidad de empleados.

Si las empresas, cualquiera sea su clasificación, optan por sumarse al programa de regularización pagando al contado o hasta en 3 cuotas, no abonan anticipos ni intereses de financiación.

Adhesión web
  Para adherir al plan, las empresas tienen que registrarse previamente en el “Programa Buenos Aires ActiBA” del Ministerio de Producción, Ciencia e Innovación Tecnológica de la provincia de Buenos Aires o en el “Agro Registro MiPyMES” del Ministerio de Desarrollo Agrario bonaerense, según la actividad económica que realicen.
 Además, deben tener presentadas a la fecha del acogimiento las declaraciones juradas del Impuesto sobre los Ingresos Brutos correspondientes al ejercicio fiscal 2019 y mantener estable su planta de personal durante la vigencia del régimen.

Una vez inscriptas en “Buenos Aires ActiBA” o “Agro Registro MiPyMES”, las empresas pueden suscribir el plan de pagos por internet, en la Agencia de Recaudación, ingresando a www.arba.gob.ar.

Servicio Doméstico: Escala salarial Mayo 2020

Escala de salarios para el personal de casas particulares con retiro y sin retiro desde mayo 2020

 

Escala de salarios para el personal con retiro y sin retiro desde mayo del 2020

 CATEGORÍA

MONTO POR HORAMONTO POR MES

 Con retiro Sin retiro Con retiroSin retiro

SUPERVISORA$ 174,50$ 191$ 21.818,50$ 24.303,50

PERSONAL PARA TAREAS ESPECÍFICAS$ 165$ 181$ 20.270,50$ 22.564,50

CASEROS$ 155,50$ 155,50$ 19.777$ 19.777

CUIDADO DE PERSONAS$ 155,50$ 174,50$ 19.777$ 22.039,50

PERSONAL PARA

TAREAS GENERALES$ 144,50$ 155,50$ 17.785,50$ 19.777


¿Cómo calculás tu salario?

Si trabajás fuera de la CABA, consultá la remuneración que te corresponde a la autoridad administrativa de trabajo de la provincia.Los valores de las remuneraciones mensuales reguladas corresponden a una jornada de trabajo de 48 horas semanales.Si trabajás menos de 24 horas semanales, debés tener en cuenta el valor hora de la categoría que te corresponde y multiplicarlo por la cantidad de horas que trabajás.Si trabajás más de 24 y menos de 48 horas semanales, tenés que hacer una regla de tres con el valor mensual de la escala.

Estamos en contacto,Equipo Estudio Tepper.